La ley 31/1995, de fecha 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 20, Medidas de Emergencia, establece los principios generales relativos a analizar las posibles situaciones de emergencia y a adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, como obligación expresa que recae en la empresa.
El R.D 393/2007 por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, establece los principios que han de regir en la elaboración, implantación, mantenimiento y responsabilidad de los mismos, cuya obligación expresa recae en el titular de la actividad.
En los edificios de la Universidad de Zaragoza desarrollan su labor un importante número de trabajadores (Personal Docente Investigador y Personal de Administración y Servicios) y estudiantes, que pueden verse afectados por una situación de emergencia.
Dichos inmuebles difieren en cuanto a volumen, número de usuarios, características constructivas, especialidad desarrollada o docencia impartida, y en todos ellos existe una actividad común como es la de uso docente y administrativo que generan una importante afluencia de personas en su interior expuestas a determinados riesgos previsibles en todo tipo de edificios (incendio, explosiones, amenaza de bomba, etc.).
En la siguiente dirección de la U.P.R.L., tienen los Planes de Autoprotección, los planos de Recorridos de evacuación del edificio, la presentación power-point con una pequeña información sobre los mismos, así como el calendario de actuación en el resto de edificios.
Familiaricese con su entorno, y sepa qué debe hacer en caso de tener que evacuar su edificio.
http://uprl.unizar.es/autoproteccion.html