RECURSOS HUMANOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Un total de 6 accidentes laborales ocurridos en la Universidad de Zaragoza en el mes de septiembre de 2020
Durante el mes de septiembre, se han producido los siguientes accidentes laborales:
- 5 accidente sin baja laboral:
- Golpe contra objeto móvil
- Golpe contra objeto por caída de éste
- Corte por objeto de vidrio
- Accidente “in itinere”: frenazo de vehículo
- Quemaduras por productos químicos
- 1 accidentes con baja laboral:
- Accidente “in itinere”: Caída mismo nivel por tropiezo
Es misión de todos los trabajadores, concienciarnos de realizar nuestro trabajo en las mejores condiciones laborales posibles, evitando todo tipo de riesgo que pueda producir una desviación que a la definitiva produzca un accidente laboral. Debemos poner todos nuestros sentidos en realizar el trabajo en unas condiciones de seguridad óptimas, lo que redundará en un trabajo más seguro y feliz.
Recordar así mismo, que todos los trabajadores de la U.Z. tenemos la obligación de comunicar si sufrimos un Accidente Laboral, ya que la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales en su art. 16.3 obliga a la Universidad de Zaragoza a investigar los hechos que hayan producido un daño para la salud en los trabajadores, a fin de detectar las causas de estos hechos.
La investigación de accidentes tiene como objeto principal la deducción de las causas que los han generado a través del conocimiento de los hechos acaecidos.
La comunicación del accidente, debemos realizarla siempre y de manera inmediata, independientemente de que se trate de un accidente laboral con o sin baja laboral y con o sin asistencia médica.
Si como consecuencia del accidente da lugar a una "Baja Laboral" deberá entregar el parte de baja laboral de manera inmediata al Administrador de su Centro, para que ésta sea remitida a la Unidad de Prevención a la mayor brevedad posible, con el fin de proceder a su comunicación a través del sistema Delt@ al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
A partir de la fecha de 1 de octubre de 2019, es obligatorio presentar el Volante de Primera Asistencia por el que la empresa (en este caso la Universidad de Zaragoza) solicita la atención médica del trabajador accidentado y que precisa dicha asistencia en la Mutua de Accidentes MAZ.
El Volante, en formato pdf auto-rellenable, está a su disposición en la siguiente dirección: https://www.maz.es/Formularios%20e%20impresos/Formularios%20e%20impresos/boletin_de_primera_asistencia.pdf