7/10/2020

RECURSOS HUMANOS

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Incumplimiento reiterado de normas en los accesos a los edificios de la Universidad de Zaragoza

La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales informa de los siguiente:

·        Se deberá apelar a la responsabilidad personal la obligación del cumplimiento sobre la prohibición de fumar en los accesos a los edificios públicos de la Universidad de Zaragoza. (Art. 7/d de la Ley 42/2010 de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco)

·        Se deberá apelar a la responsabilidad personal la obligación del mantenimiento de la distancia de seguridad en los accesos a los edificios de esta Universidad, tal y como se establece a los efectos en la Instrucción de medidas en materia de prevención a implantar en la Universidad de Zaragoza en el contexto de la “Nueva normalidad” regulada por el RDL 21/2020, de 9 de junio.

Es por ello, que cada Centro deberá determinar las medidas que se consideren oportunas para la aplicación estricta de las dos anteriores obligaciones, las cuales redundarán en beneficio de la comunidad universitaria.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Unidad de Prevención de Riesgos Laborales

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