AYUDAS, PREMIOS Y BECAS
Becas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" 2024
La convocatoria tiene por objeto la concesión de 19 becas de formación, en el ámbito de la investigación, destinadas a personas que se encuentren en posesión del título oficial de formación profesional de grado superior, o del título universitario oficial de graduado o graduada, o equivalentes, siempre que hayan terminado sus estudios, y obtenido el título correspondiente, o la acreditación del abono de los derechos para su expedición, en los cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en esta convocatoria.
El desarrollo de las becas tendrá lugar en los diversos campus y centros de instalaciones científico-técnicas que el INTA tiene distribuidos por el territorio nacional.
La duración de estas becas será de 2 años, pudiendo ser prorrogadas por un año más, mediante resolución del titular de la Dirección General del INTA, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.
Finalidad: Contribuir a la formación teórico-práctica y el perfeccionamiento tecnológico de recién titulados en las materias y proyectos propios del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y facilitar su incorporación al mundo laboral
Requisitos
- a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
- b) Estar en posesión de alguno de los títulos exigidos en el apartado primero de esta resolución o acreditar el abono de los derechos para la expedición del título, dentro de las fechas indicadas en el punto 1. GRADUADOS O GRADUADAS, EN LAS SIGUIENTES ÁREAS DE CONOCIMIENTO: Aeronáutica Aeroespacial Industriales, Física, Matemáticas, Electrónica , Automatización industrial Energía, Informática, Mecánica, Física
- c) Los títulos obtenidos en el extranjero, o en centros españoles no estatales, deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación. En este último supuesto, el personal becario estará obligado a notificar al INTA, con carácter inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento.
- Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior en el caso de que el solicitante haya sido admitido por una universidad española para la realización de un máster oficial.
- d) No estar en situación de incapacidad física o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
- e) No haber disfrutado con anterioridad de una beca del INTA ni haber tenido relación laboral o administrativa con el Instituto.
- f) No encontrarse incurso en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
https://www.inta.es/export/sites/default/.galleries/RRHH/Becas/2024/ConvoBecasFormacion2024_fdo.pdf