9/4/2024

AYUDAS, PREMIOS Y BECAS

Becas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" 2024

Convocadas por el Ministerio de Defensa

La convocatoria tiene por objeto la concesión de 19 becas de formación, en el ámbito de la investigación, destinadas a personas que se encuentren en posesión del título oficial de formación profesional de grado superior, o del título universitario oficial de graduado o graduada, o equivalentes, siempre que hayan terminado sus estudios, y obtenido el título correspondiente, o la acreditación del abono de los derechos para su expedición, en los cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en esta convocatoria.

El desarrollo de las becas tendrá lugar en los diversos campus y centros de instalaciones científico-técnicas que el INTA tiene distribuidos por el territorio nacional.

La duración de estas becas será de 2 años, pudiendo ser prorrogadas por un año más, mediante resolución del titular de la Dirección General del INTA, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

Finalidad: Contribuir a la formación teórico-práctica y el perfeccionamiento tecnológico de recién titulados en las materias y proyectos propios del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y facilitar su incorporación al mundo laboral

Requisitos

  • a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
  • b) Estar en posesión de alguno de los títulos exigidos en el apartado primero de esta resolución o acreditar el abono de los derechos para la expedición del título, dentro de las fechas indicadas en el punto 1. GRADUADOS O GRADUADAS, EN LAS SIGUIENTES ÁREAS DE CONOCIMIENTO: Aeronáutica Aeroespacial Industriales, Física, Matemáticas, Electrónica , Automatización industrial Energía, Informática, Mecánica, Física 
  • c) Los títulos obtenidos en el extranjero, o en centros españoles no estatales, deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación. En este último supuesto, el personal becario estará obligado a notificar al INTA, con carácter inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento.
  • Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior en el caso de que el solicitante haya sido admitido por una universidad española para la realización de un máster oficial.
  • d) No estar en situación de incapacidad física o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
  • e) No haber disfrutado con anterioridad de una beca del INTA ni haber tenido relación laboral o administrativa con el Instituto.
  • f) No encontrarse incurso en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

https://www.inta.es/export/sites/default/.galleries/RRHH/Becas/2024/ConvoBecasFormacion2024_fdo.pdf

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