RECURSOS HUMANOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Aviso importante para asistencia en la Unión Europea y Espacio Económico Europeo de personas trabajadoras desplazadas
Asistencia en el extranjero
Para las personas trabajadoras que han de desplazarse al extranjero se deberá tener en cuenta, antes de emprender el viaje al país de destino, que la persona trabajadora o su empresa tendrá que informar del desplazamiento a los organismos oficiales y realizar una serie de trámites en función del país de destino.
¡IMPORTANTE!
En caso de accidente laboral y si no se posee la tarjeta sanitaria europea:
- La persona trabajadora deberá acudir a los servicios sanitarios públicos más cercanos.
- La persona trabajadora deberá abonar la totalidad de los gastos generados a consecuencia del accidente sufrido.
- Posteriormente podrá solicitar el reintegro a la mutua, aportando la documentación justificativa correspondiente para que la mutua pueda valorar la procedencia de dicho reintegro.
Si precisa asistencia sanitaria llame al (+34) 93 214 29 97.
Seguidamente exponemos los trámites administrativos que se recomienda realizar antes del desplazamiento, y las gestiones que hay que emprender si ocurre alguna contingencia profesional realizando su trabajo en el país de destino.
» Información baja médica en el extranjero. Empresas
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