RECURSOS HUMANOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Maternidad I: Trabajadoras con riesgo específico
Antes de comenzar hay que aclarar dos conceptos distintos. No es lo mismo tener riesgo en el embarazo por el trabajo que se desempeña, que tener un embarazo de riesgo.
En el primero hay tareas o actividades que pueden ocasionar un problema en el feto o en la trabajadora y en el segundo es el propio desarrollo del embarazo o los problemas de salud de la trabajadora el que genera el riesgo en el feto o en la madre. Del primero se encarga la empresa y en última instancia su mutua y del segundo se encarga la Seguridad Social o Muface.
Hay que tener en cuenta también que la aprobación de la Ley Orgánica 1/2023, por la que se modifica la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, establece un nuevo permiso especial para las gestantes desde la semana 39 (permiso preparto) y no tiene que ser motivado por ninguna razón de salud. Todas las mujeres trabajadoras pueden acogerse a él y lo gestiona el servicio de personal.
Más información en nuestra web: https://uprl.unizar.es/sites/uprl/files/archivos/UPRLinforma/2024/La%20UPRL%20informa%20campa%C3%B1a%20embarazadas%20I%20PDI%20%2B%20PTGAS%20con%20riesgo.pdf