RECURSOS HUMANOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Maternidad VI: Medidas preventivas y correctoras en caso de riesgo para el embarazo
Si después de la evaluación de riesgos del puesto de trabajo se detecta que existe riesgo para la trabajadora embarazada o en periodo de lactancia natural materna y/o el feto, la UPRL informará a la trabajadora implicada y a sus responsables, indicando las medidas preventivas o correctoras a tomar.
La responsabilidad de implementación de las medidas preventivas necesarias le corresponde a la dirección de la empresa, de manera que debe quedar claro quién toma las decisiones operativas, sobre todo en los supuestos en que las medidas preventivas estuviesen relacionadas con la eliminación del riesgo, la modificación de las condiciones de trabajo, la reducción del tiempo de exposición o el cambio de puesto de trabajo.
A la UPRL como servicio de prevención le corresponde el asesoramiento sobre las posibles medidas que se deberían tomar, pero no la implementación o la selección de las medidas a tomar, sobre todo aquellas relacionadas con medidas organizativas. Más información en nuestra web: https://uprl.unizar.es/sites/uprl/files/archivos/UPRLinforma/2024/La%20UPRL%20informa%20campa%C3%B1a%20embarazadas%20VI%20medidas%20correctoras.pdf