RECURSOS HUMANOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Declaración Institucional 31 de mayo. Día Mundial Sin Tabaco
La Agenda de Trabajo establecida por Naciones Unidas en el año 2015, de aplicabilidad universal desde el año 2016, estableció 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que deben regir los esfuerzos de los países para lograr un mundo sostenible en el año 2030.
La Universidad de Zaragoza, precisamente por su firme compromiso con el medio ambiente y una adecuada interacción con todos los elementos que lo conforman, se sumó al cumplimiento de los ODS incorporándolos en su proyecto de desarrollo a través del Plan de Desarrollo Sostenible 2011-2030. https://oficinaverde.unizar.es/agenda-2030
En concreto, respecto del objetivo de Salud y Bienestar, ODS 3, la Universidad se ha propuesto como meta conseguir una universidad saludable y segura, dirigiendo sus esfuerzos para que todas las personas que desarrollan su labor en la Universidad lo hagan en un entorno de riesgo decreciente y se favorezca el desarrollo armonioso y de bienestar personal a través de un medio ambientalmente sostenible y saludable.
La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el trabajo 2023-2027 (23-02-2023), se sustenta en dos pilares fundamentales: la prevención y la colaboración, con un enfoque integral, y situando al mismo nivel la protección de la salud física y mental de las personas trabajadoras, en la cual se pretende una mayor eficacia en prevención.
La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Zaragoza desarrolla sus funciones de promoción, supervisión, planificación, control y orientación en materia de prevención de riesgos laborales, para garantizar el máximo nivel de seguridad y salud de toda la comunidad universitaria.
Recientemente, en fecha 21 de marzo de 2024, la Universidad de Zaragoza y la Asociación española contra el cáncer, han firmado un convenio de colaboración para la puesta en marcha de un proyecto denominado “ESPACIOS SIN HUMO” cuya finalidad es contribuir a la reducción de los efectos del tabaquismo, entre otros, mediante la promoción de los cambios normativos necesarios para la prohibición de fumar en espacios públicos y/o privados exteriores, estableciéndose, como nuevos “Espacios Sin Humo”, diferentes espacios dentro de las zonas exteriores de los campus universitarios de Zaragoza, Huesca, Teruel y Jaca. Esta iniciativa es coherente con el impulso de la iniciativa de universidad saludable y con el Acuerdo de 14 de mayo de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que la Universidad de Zaragoza se adhiere a la Agenda 2030 y se compromete a trabajar para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible
Por ello, parece prudente establecer medidas encaminadas a la reducción de los riesgos antes mencionados, como el establecimiento de una Universidad “libre de humos”.
En primer lugar, en este sentido debemos recordar lo que establece la vigente Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que dispone en su artículo 7 la prohibición de fumar, tanto en los centros de trabajo públicos, centros y dependencias de las Administraciones Públicas y entidades de Derecho Público y en los centros docentes, salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios, siempre que no sean accesos inmediatos o aceras circundantes. Por otra parte, en el artículo 19.2 de la Ley 42/2010 se califica como infracción leve, entre otras, «fumar en los lugares en que exista prohibición o fuera de las zonas habilitadas al efecto». Además, en el artículo 31.2 h) del ACUERDO de 30 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba el Reglamento de Normas de Convivencia de la Universidad de Zaragoza, se contempla que constituye una infracción muy grave «incumplir las normas de salud pública establecidas para los centros universitarios, sus instalaciones y servicios, poniendo en riesgo a la comunidad universitaria».
En segundo lugar, más allá de lo que estipula la citada ley, es intención de la Universidad de Zaragoza promover y proponer una declaración de campus sin humos como espacios saludables y de calidad de vida.
El principio de autonomía universitaria, recogido en el artículo 27.10 de la Constitución Española y desarrollado en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, constituye el marco normativo adecuado para dar un paso más, pues el mismo comprende la potestad de autoorganización y administración de la Universidad en relación, entre otros, con sus bienes y con los espacios de los que la Universidad es titular.
En su virtud, este Consejo de Gobierno, dirigido a conseguir una Universidad saludable y segura para que todas las personas que desarrollan su labor en la Universidad lo hagan en un entorno de riesgo decreciente y se favorezca el desarrollo armonioso y el bienestar personal a través de un medio ambientalmente sostenible, se propone:
Primero. – Declarar espacios sin humos los espacios al aire libre de los campus de la Universidad como propuesta de espacios saludables para la comunidad universitaria y la ciudadanía.
Segundo. - Para favorecer la eficacia de esta medida, se adoptarán al menos las siguientes complementarias:
a. Se situarán carteles informativos a la entrada de los edificios, así como en las aceras circundantes a los mismos y en los espacios abiertos al aire libre.
b. Se ofrecerán acciones formativas y de apoyo a las personas de la comunidad universitaria que deseen dejar de fumar, al menos durante el año siguiente a la entrada en vigor de esta medida.
c. Se eliminarán los ceniceros de los espacios de la Universidad de Zaragoza.
Tercero. - Este acuerdo entrará en vigor el 1 de septiembre de 2024.
Acuerdo aprobado por Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza de fecha 28 de mayo de 2024