AYUDAS, PREMIOS Y BECAS
Becas para la formación especializada en áreas y materias educativas desarrolladas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
El objeto específico de las becas es la formación especializada aplicada en áreas educativas y de formación desarrolladas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, promoviendo la participación y colaboración de los beneficiarios en las tareas formativas que le sean encomendadas en las unidades administrativas responsables de aplicar los respectivos planes de formación.
En el ámbito de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, se convocan los siguientes perfiles:
1. Actividades relacionadas con la gestión de programas educativos de educación inclusiva y convivencia escolar.
2. Actividades relacionadas con la innovación en educación para el Desarrollo Sostenible y la Ciudadanía Mundial.
3. Actividades relacionadas con la innovación educativa y la comunicación audiovisual.
4. Actividades relacionadas con la gestión de programas educativos de la cooperación territorial.
5. Actividades relacionadas con la administración de sistemas informáticos, telecomunicaciones y bases de datos.
6. Actividades relacionadas con la asistencia a la Dirección.
7. Actividades relacionadas con las evaluaciones internacionales del sistema educativo.
8. Actividades relacionadas con las evaluaciones nacionales del sistema educativo y Eurydice-REDIE.
9. Actividades relacionadas con la evaluación y el análisis de datos.
10. Maquetación y redes sociales.
Requisitos
- Ser mayor de edad y poseer la nacionalidad española, de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tener residencia legal en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca. De no poseerse la nacionalidad española, se deberá acreditar un nivel C2 de español según el Marco común europeo de referencia para las lenguas.
- Poseer la titulación requerida en la convocatoria para cada perfil de beca y haberla obtenido con posterioridad al 1 de enero de 2018. A estos efectos no se considerará como fecha de referencia la de expedición del título exigible para el perfil ni, en su caso, la del curso de postgrado o la de la resolución de reconocimiento, equivalencia u homologación. Los títulos obtenidos en universidades, instituciones o centros extranjeros deberán contar con la correspondiente resolución de reconocimiento, equivalencia u homologación de conformidad con los procedimientos previstos en el ordenamiento jurídico español.
- No podrán concurrir las personas que hayan sido beneficiarias de becas para la formación especializada en el Ministerio de Educación y Formación Profesional en convocatorias anteriores, ni en las que concurra alguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Con objeto de asegurar que las personas que resulten beneficiarias cuentan con la formación académica necesaria para el óptimo aprovechamiento de la beca, se han establecido unos requisitos de titulación para cada uno de los perfiles que se detallan en la convocatoria.